martes, 1 de diciembre de 2009

TITULOS de PSICÓLOGO y LICENCIADO en PSICOLOGÍA

Ministerio de Educación
EDUCACION SUPERIOR
Resolución 343/2009
Apruébanse los contenidos curriculares básicos, la carga horaria, los criterios de intensidad de la formación práctica y los estándares para la acreditación de las carreras correspondientes a los títulos de Psicólogo y Licenciado en Psicología.
Bs. As., 30/9/2009

Bs. As., 30/9/2009
VISTO, lo dispuesto por los artículo 43 y 46 inciso b) de la Ley Nº 24.521 y el Acuerdo Plenario Nº 64 del CONSEJO DE UNIVERSIDADES de fecha 23 de junio de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 43 de la Ley de Educación Superior establece que los planes de estudios de carreras correspondientes a profesiones reguladas por el Estado, cuyo ejercicio pudiera comprometer el interés público, poniendo en riesgo de modo directo la salud, la seguridad o los bienes de los habitantes, deben tener en cuenta la carga horaria mínima, los contenidos curriculares básicos y los criterios sobre intensidad de la formación práctica que establezca el MINISTERIO DE EDUCACION en acuerdo con el CONSEJO DE UNIVERSIDADES.
TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN disponible en http://sites.google.com/site/uaisilvia/Home/taller

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